
- Fecha 05/06/2017
- Fuente Noticias Juridicas
Viudedad
El asunto que ha discutido el Supremo es si para acreditar la existencia de una pareja de hecho basta con la inscripción en el registro de parejas de hecho municipal o es necesaria la inscripción en el registro de parejas de hecho autonómico, cuando se trata de comunidades autónomas que tienen derecho civil propio, como la de Galicia.